jueves, 28 de julio de 2011

El TSJA desestima un recurso del Ayuntamiento de La Rinconada en la causa del jefe de Policía


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de apelación promovido por el Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla), gobernado por Javier Fernández (PSOE), contra un auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez en cuanto a la ejecución de una sentencia previa que anulaba la designación del subinspector Miguel Ángel García como jefe del Cuerpo de Policía Local. El Alto tribunal andaluz, mediante este fallo, confirma el mencionado auto con la "ejecución" de la sentencia en cuestión, pero resuelve que "el proceso puede ser reabierto en cualquier momento si se tratara de eludir el cumplimiento del fallo".

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de apelación promovido por el Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla), gobernado por Javier Fernández (PSOE), contra un auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez en cuanto a la ejecución de una sentencia previa que anulaba la designación del subinspector Miguel Ángel García como jefe del Cuerpo de Policía Local. El Alto tribunal andaluz, mediante este fallo, confirma el mencionado auto con la "ejecución" de la sentencia en cuestión, pero resuelve que "el proceso puede ser reabierto en cualquier momento si se tratara de eludir el cumplimiento del fallo".
Todo parte de una denuncia inicial promovida por la vía Contencioso Administrativa por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme), contra la designación del subinspector Miguel Ángel García como jefe del Cuerpo de Policía Local de La Rinconada, extremo finalmente anulado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez de Sevilla mediante una sentencia dictada el 27 de noviembre de 2008. Posteriormente, la organización sindical esgrimió un decreto de Alcaldía fechado el 13 de agosto de 2010 y en el que Miguel Ángel García figuraría aún como jefe del Cuerpo de Policía, aspecto que derivó en la apertura de unas diligencias previas incoadas por el Juzgado de Instrucción número 18 ante el supuesto incumplimiento de la primera sentencia inicial.
El alcalde declara como imputado
En febrero de 2011, de hecho, el alcalde de La Rinconada, Javier Fernández de los Ríos Torres (PSOE), prestaba declaración en calidad de imputado ante el Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla. Según su acta de declaración, recogida por Europa Press, el primer edil manifestaba que "no está de acuerdo" con que a fecha 13 de agosto de 2010 García ostentase la Jefatura de la Policía Local. El decreto de Alcaldía, según esgrimía el primer edil rinconero, "contiene varios errores" que no habrían sido apreciados "cabalmente" a la hora de su rúbrica a cuenta de los "numerosos" documentos que sanciona la Alcaldía al tratarse de un municipio de 40.000 habitantes.
Insistía así en su "voluntad" de dar cumplimiento a la sentencia que anulaba la designación de este subinspector como jefe de la Policía Local, pero al tiempo había reconocido que una vez consumada esta anulación, "alguien debe hacer las funciones, que no ostentar el cargo, como cabeza de la Policía Local", aspecto "al que se refiere el decreto" del que partían estas diligencias.
La vía contencioso administrativa
Paralelamente, el Ayuntamiento de La Rinconada había formulado un recurso de apelación contra un auto emitido en septiembre de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez de Sevilla en el que la citada instancia judicial declaraba "tener por ejecutada nuestra sentencia de 27 de noviembre de 2008, con las advertencias expuestas en el fundamento jurídico número dos de esta resolución". El Consistorio, de este modo, reclamaba la revocación de este auto "para que se declare que no ha habido nombramiento de jefe de la Policía Local, que no hay incumplimiento de la sentencia y, por tanto, que no existe fundamento alguno para reabrir el proceso de ejecución", según detalla la sentencia que desestima este recurso, resuelta por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA y recogida por Europa Press.
A la hora de desestimar el recurso e imponer las costas al Ayuntamiento, el Alto tribunal andaluz cree que el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez "se limita a tener por ejecutada la sentencia" y "realiza las advertencias legales, ya que la potestad de hacer ejecutar la sentencia le compete al juez". "El proceso puede ser reabierto en cualquier momento a petición de parte si se tratara de eludir de hecho o de derecho el cumplimiento del fallo", zanja esta sentencia formalizada el 9 de junio de 2011. Europa press.